miércoles, 24 de noviembre de 2021

La falsa sensación de resistencia en el terrorismo


por Lic. Bryan Acuña Obando

Jerusalén. Foto: Creative Commons

El domingo 21 de noviembre se dio el segundo atentado terrorista de la última semana en Jerusalem. Un civil israelí murió y otros tres fueron heridos después que el palestino residente jerosolimitano Fadi Abu Shjaidam disfrazado de ultraortodoxo abriera fuego en la ciudad vieja con una metralleta estilo Carlo de fabricación hechiza, posteriormente fue neutralizado por oficiales israelíes, mientras que por su acto fue declarado “mártir” por la agrupación terrorista Hamas que controla la Franja de Gaza llevando incluso a celebraciones en las calles de Gaza y en barrios al Este de Jerusalem.

En medios árabes replican los comentarios que la acción terrorista causada por Abu Shjaidam se trató de un “acto de resistencia contra la ocupación” incluso usando como válido para esto las convenciones de Ginebra que regulan el derecho internacional humanitario, así como la Declaración de los Derechos del hombre y del ciudadano (1793) en sus artículos 33 al 35 sobre el derecho de la rebelión.

Estos han sido los mismos argumentos que durante años han intentado usar de manera desvirtuada para justificar el uso del terrorismo contra civiles. Ciertamente que el derecho internacional se presta para un “lawfare” interpretativo, pero lo cierto es que en este caso específico es una excusa para no cambiar el “statu quo” de violencia interminable.

La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano menciona la resistencia a la opresión como una consecuencia de los demás derechos del hombre, así como la posibilidad de la insurrección cuando el gobierno reprime o es ilegítimo para los actores involucrados.

Ese primer argumento sigue siendo uno de los más complejos de poder desenmascarar. Comenzando porque el llamado a la “ilegitimidad” debería actuar como una herramienta contra el gobierno y no necesariamente contra ciudadanos, como ocurre generalmente en los atentados terroristas perpetrados por agrupaciones palestinas en este caso; ataques en autobuses, cafeterías, contra transeúntes etc. queda claro que su intención no es resistir sino aterrorizar.

El siguiente argumento utilizado tiene que ver con las Convenciones de Ginebra, principalmente la primera relacionada con fuerzas armadas en campaña militar. Esta convención se aplica para todas las partes contratantes de la convención y están sujetos en caso de conflicto, aunque alguna de las dos partes no haya declarado el estado de guerra, incluso se aplica en casos de ocupación del territorio de manera parcial o total, aunque haya o no resistencia, y la resistencia tiene sus propias regulaciones, no es una carta blanca hacia el terror.

De lo anterior se desprende que esta misma convención prohíbe atentados contra la vida y la integridad corporal, las ejecuciones extrajudiciales y a los heridos en combate se les debe garantizar su extradición sin que prime una ejecución a sangre fría, situaciones que en un ataque terrorista no ocurren porque además se juega con la informalidad de uno de los perpetradores, al no ser fácilmente reconocible y no apegarse a las normas del derecho con respecto a los enfrentamientos armados.

El argumento que una parte del liderazgo palestino no reconoce al gobierno israelí como legítimo no es suficiente para poder llevar a cabo atentados terroristas, ya que está claro que se salen de los parámetros de la legítima resistencia, ya que, pese al supuesto de ocupación o disputa de los territorios, existen parámetros legales bajo los cuales se pueden realizar actos contemplando objetivos militares e intentando generar la menor cantidad de bajas civiles.

Las acciones realizadas por atacantes terroristas palestinos en cambio tienen como objeto el terror en sí mismo, el no reconocimiento que agrupaciones como el Hamas, la Yihad Islámica y otras organizaciones similares hacen con respecto a Israel no lo hacen en respuesta a un acto necesariamente de resistencia, sino de deslegitimación de una resolución internacional como la 181 del año 1947 y contraposición a no querer salir de una situación de beligerancia conforme a la resolución 242 del año 1967.

Ambas resoluciones con el objetivo claro de brindar las herramientas para la conformación de dos entidades estatales independientes y que llama a la negociación para superar el conflicto y salir de la condición actual de conflicto. Situación que se esperaba pudiera cambiar con la firma de los Acuerdos de Oslo en los años 90 y el reconocimiento por parte de la Autoridad Nacional Palestina al derecho israelí a existir, idea que no es compartida por todos los actores palestinos como claramente se conoce.

El asunto se profundiza aun más, cuando entre el liderazgo palestino no existe una verdadera unidad, sino que estamos frente a una “somalización” de su situación política interna, cada vez menos sencilla de resolverse, con mayores posibilidades de que se vuelva a dar algún tipo de enfrentamiento entre facciones, primero por la pérdida de legitimidad de las autoridades actuales a manos de Abu Mazen. Por las operaciones contra opositores políticos al gobierno de Ramallah, las restricciones a la libertad de prensa o los operativos de fuerzas de seguridad como el realizado días atrás en Jenin para intentar mantener el control.

Estas acciones de los liderazgos palestinos los lleva a perder fuerza entre la ciudadanía y a darle mayor poder a las facciones islamistas que son las que terminan no solo causando divisiones a lo interno de la sociedad palestina, sino que se enfrascan en luchas abiertas contra objetivos israelíes bajo el paraguas ideológico y el rechazo a reconocerle de alguna forma su derecho a la existencia.

Finalmente, esa falsa perspectiva de resistencia es solamente una careta dentro del entramado de acciones beligerantes de las facciones promotoras del terror, queda claro que se trata de infundir miedo y causar la mayor cantidad de daños posibles o el asesinato a sangre fría por odio, claramente no se trata de territorio ni de resistencia por lo que luchan, sino de negar el derecho de existencia de los ciudadanos judíos, bajo la máscara de una supuesta lucha legítima que en verdad está impregnada del tufo del irracional odio ideológico del islamismo radical.

https://aurora-israel.co.il/la-falsa-sensacion-de-resistencia-en-el-terrorismo/

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